La primera ley contra el desperdicio alimentario, representa una norma con la que el Gobierno quiere reducir las 1.364 toneladas de comida que en España se tiran al año.

Exigirá donar alimentos no consumidos y promocionar productos cuya fecha de caducidad esté próxima a vencer.

A continuación detallamos las claves más relevantes:

1.- El objetivo es reducir a la mitad el desperdicio de alimentos

2.- Todos los agentes de la cadena alimentaria deberán donar a empresas sin ánimo de lucro o bancos de alimentos, los excedentes de stock y el desperdicio.

Las industrias, comercios y restaurantes tendrán el deber de suscribir convenios con las organizaciones receptoras. Las empresas donantes y receptoras deben tener un sistema de trazabilidad de los productos donados, donde se indique la entrada y salida de los mismos.

3.- Los alimentos no vendidos pero que estén en condiciones para ser consumidos deberán ser transformados, utilizados en subproductos para la alimentación, fabricación de piensos, obtener compost de calidad, biogás u otro tipo de combustible.

4.- Las tiendas deberán ofrecer los productos con fecha de consumo preferente vencida en un lineal de manera separada y diferenciada del resto de productos, con precios más reducidos o destinarse para donar.

Las distribuidoras deben incentivar la venta de productos con fechas de consumo preferente o caducidad próxima.

Los establecimientos de venta al por menor con una superficie superior a 400 metros cuadrados, deberán fomentar la venta de productos que se puedan consumir aunque no sean estéticos.

En hostelería, tendrán que ofrecer a sus clientes la posibilidad, sin coste adicional para este, de que se lleven los alimentos no consumidos. En sus cartas o menús tienen que informar de ello además de aportar los envases adecuados y reutilizables.

La venta de los alimentos de temporada, a granel y de proximidad también se deben incentivar.

6.- Cada año, todos los agentes de la cadena alimentaria deben informar de las pérdidas alimentarias que han tenido.

7.- Las sanciones será de entre 6.001 y 150.000 euros para aquellas empresas que no distribuyan los excedentes a empresas o entidades con iniciativas sociales, que impidan la donación, o que las entidades receptoras no utilicen una correcta higiene para manipular y conservar los alimentos.

8.- Su entrada en vigor, 1 enero de 2023.

Fuente: www.abc.es
Imagen: mapa.gob.es